Denuncias Contra Servidor Público

Es importante que nos proporcione sus datos personales, con la finalidad de notificarle sobre la resolución del asunto o en caso de que su apoyo sea necesario.


Datos del Denunciante.

   
Fecha:  05/05/2024
Nombre Completo: 
Calle, Colonia, Localidad:

Lada/Teléfono:

Correo electrónico:
   
   
Datos del Servidor Público Denunciado.
Nombre Completo:
Dependencia:
Cargo que desempeña:

Adscripción(Lugar donde presta su servicio):

Trámite o Servicio que mótivo la petición:
   
   
Datos Generales de los hechos:
Fecha de los hechos: Dia - Mes - Año Ejem. 30-03-2013
Hora de los hechos:
Lugar especifico de los hechos y dirección
Domicilio Particular Vía Pública Sucursal Otro
Lugar exacto donde ocurrieron los hechos.
Descripción de los hechos:
(La narración debe ser progresiva y concreta de la forma en que sucedieron los hechos, especificando nombres de las personas y su participación; y, evitandose descripciones de situaciones subjetivas, vagas e imprecisas, pues no sustenta los hechos.
   
Importante: Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los hechos señalados me constan, por lo que los ratifico en todas y cada una de sus partes, para los efectos consucentes a que haya lugar.
   
Pruebas:
En caso de contar con pruebas que pueda soportar la investigación que se realizará, señale cuales son y en que consisten.
 

 

Si cuenta con alguna evidencia documental de los hechos reportados en formato electrónico, por favor adjúntelos a su denuncia.

Envíenos sus fotografías al correo quejasydenuncias@cajeme.gob.mx

Testigos:
En caso de ser testimoniales, señale los siguientes datos de los mismos.
Nombre:
   
Calle, colonia, localidad:
   
Lada/teléfono
   
 

Importante.

De conformidad con el artículo 5, de la ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos de Estado y de los Municipios, el cual establece: Cualquier ciudadano, bajo su más estricta responsabilidad y con el apoyo en pruebas suficientes, podrá formular denuncia ante el Consejo del Estado, o ante autoridades que señala esta Ley, por cualquiera de las conductas y contra los servidores públicos mencionados en el Título Sexto de la Construcción Política del Estado de Sonora. No se admitirá la intervención de apoderado jurídico para la presentación de las denuncias a que se refiere este artículo. Las denuncias anónimas no producirán ningún efecto.